Senador Aguirre destaca que Plan de Descongestionamiento de Cárceles es un gran avance en la aplicación de la Ley 1173

Prensa Senado | Mié, 02/19/2020 - 08:59 | Seguridad
 
El presidente de la Comisión de Seguridad del Estado Fuerzas Armadas y Policía Boliviana de la Cámara de Senadores, Valeriano Aguirre, anunció que este miércoles se dará inicio a la Primera Jornada Interinstitucional de Descongestionamiento del Sistema Penal con Visión a Cumplir los Plazos de la Ley 1173, norma que fue promulgada en mayo de 2019 y cuyo fin es acabar con la retardación de justicia.
 
Aguirre indicó que este plan interinstitucional es un gran avance en la aplicación de la Ley 1173 y es por eso que inicialmente se visitarán seis recintos penitenciarios en los que se realizará el descongestionamiento y estos son: San Pedro, Obrajes, Miraflores, Patacamaya, Chonchocoro y el Centro de Rehabilitación de Qalahuma.
 
“Inicialmente vamos a realizar en el departamento de La Paz y luego se realizará en otros departamentos y eso se realizará de acuerdo a una coordinación interinstitucional”, dijo Aguirre al indicar que para esta tarea se coordina con el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y otras instituciones como el Ministerio Público, la Dirección General de Régimen Penitenciario, con el Servicio Plurinacional de Defensa Pública y la Defensoría del Pueblo.
 
El objetivo de esta actividad tiene la finalidad de reducir la cantidad de personas con detención preventiva en los recintos penitenciarios, agilizar los trámites de las causas penales de los delitos preventivos y aplicar salidas alternativas a las personas detenidas preventivas de libertad, según sea el caso.
 
Se tiene previsto llevar este Plan de Descongestionamiento desde marzo de la presente gestión para aliviar la carga procesal de las Oficinas Gestoras de Procesos (OGP).
 
La Ley 1173 establece que no procede la detención preventiva en los delitos de acción privada; en los delitos que no tengan prevista pena privativa de libertad; cuando se trate de personas con enfermedad en grado terminal debidamente certificada; cuando se trate de personas mayores de 65 años; en los delitos sancionados con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea inferior o igual a cuatro años; en los delitos de contenido patrimonial con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea inferior o igual a seis años, siempre que no afecte otro bien jurídico tutelado; cuando se trate de mujeres embarazadas; cuando se trate de madres durante la lactancia de hijos menores de un año; y, cuando la persona imputada sea la única que tenga bajo su guarda, custodia o cuidado a una niña o niño menor de seis años o a una persona con un grado de discapacidad que le impida valerse por sí misma.
 
Asimismo, establece que en delitos por violencia familiar o domestica podrá considerarse la aplicación de la detención preventiva.