Senado sanciona leyes que aprueban la transferencia de tres bienes inmuebles de salud a la Gobernación de Santa Cruz

Prensa Senado | Lun, 06/15/2020 - 18:17 | Social

El pleno de la Cámara de Senadores sancionó, hoy lunes, los proyectos de Ley PL 189, PL 191 y PL 192 que transfieren a título gratuito, los predios del hospital del niño Mario Ortiz Suarez, del hospital San Juan de Dios y del hospital de la Mujer Percy Boland Rodríguez; bienes inmuebles de patrimonio institucional de propiedad de Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz.

El PL 189 indica, en su artículo único, que se autoriza la transferencia a título gratuito el bien inmueble ubicado en la zona central de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y que cuenta con 8.206,98 metros cuadrados y que corresponde al hospital de niños Mario Ortiz Suárez.

El segundo PL indica en su artículo único que “de conformidad con el numeral 13 del parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de patrimonio institucional, establecimiento de salud de Tercer Nivel denominado ‘Hospital San Juan de Dios’, de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra”.

Según los datos de la ley, el predio de 19.071,956 metros cuadrados se encuentra ubicado en la calle Cuellar, zona central de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a lado de la maternidad Percy Boland y el banco de sangre.

Las y los legisladores también debatieron el Proyecto de Ley 192 que viabiliza la transferencia del actual edificio donde funciona el Hospital de la Mujer “Percy Boland Rodríguez”, con una superficie de 10.889,79 metros cuadrados, ubicado en Santa Cruz de la Sierra.

La trasferencia se realizó en conformidad con lo establecido en la Ley Municipal Autonómica 005/2013, que fija la transferencia y traspaso de responsabilidades de los establecimientos de salud municipales de tercer nivel de atención de salud a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz.

La Ley Autonómica en su Artículo 2, dispone que “la administración de los Establecimientos de Salud de Tercer Nivel será asumida por el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, de conformidad al Artículo 81, Parágrafo III, Numeral 1 incisos c) y d) de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.

En esa línea el Artículo 3 de la mencionada Ley Autonómica señala que los bienes muebles tangibles e intangibles, maquinaria, equipos, instrumento, vehículos, ambulancias y otros bienes actualmente utilizados en los mencionados hospitales, serán también transferidos bajo inventario notariado y actas, además que el personal administrativo de los establecimientos de salud de tercer nivel pasará también a responsabilidad del Gobierno Departamental de Santa Cruz, desde la gestión 2013.

Las leyes fueron remitidas al Órgano Ejecutivo para su promulgación.