Senado sanciona Ley que amplía licencias para operadores de Radiodifusión

Prensa Senado | Mar, 08/16/2016 - 15:47 | Política
Senado sanciona Ley que amplía licencias para operadores de Radiodifusión

El pleno de la Cámara de Senadores, sancionó este martes, el Proyecto de Ley que amplía sin trámite alguno hasta el 30 de noviembre de 2019, la vigencia de las licencias de radiodifusión que caduquen en las gestiones 2016 hasta el 2019, informó el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Erwin Rivero Ziegler.

Las licencias que hubieran vencido en la gestión 2016, antes de la promulgación de la norma sancionada, podrán también acogerse a esta Ley.

“El Gobierno en el más amplio criterio de garantizar la libertad de expresión y comunicación en nuestro país, ha tomado la decisión de ampliar la vigencia de las licencias de medios de comunicación como Radio y Televisión, cuyas licencias estaban venciendo en estos meses y hasta el 2019, a ellos se les concede hasta noviembre del 2019 la vigencias de las licencias con los que están funcionando en este momento”, informó.

Explicó que el Parágrafo I de las Disposiciones Transitorias de la Ley General de Telecomunicaciones, del 8 de agosto de 2011, establecía que los operadores de redes, proveedores de servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, debían migrar sus licencias, autorizaciones y registros, a un nuevo régimen en un plazo de 12 meses a partir de la vigencia de la referida Ley. Según el Legislador, la imposibilidad del cumplimiento de esta disposición, dio paso a una nueva norma de adecuación sancionada hoy en el Senado.

La norma establece también que los operadores que tengan más de una licencia de radiodifusión en una misma área de servicio y en una misma banda de frecuencias a la fecha de promulgación de la presente ley, sólo podrán optar por la ampliación de la vigencia de una de sus licencias.

Los operadores de radiodifusión, deberán migrar sus autorizaciones transitorias especiales, licencias, autorizaciones o registros en un plazo máximo de 12 meses a partir de la vigencia de la presente ley, bajo un cronograma de migración que será elaborado por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes.

Los operadores de radiodifusión que hubieran migrado al nuevo régimen, podrán renovar por única vez su licencia por quince 15 años sin necesidad de licitación pública, para lo cual deberán cumplir los requisitos técnicos y de contenido educativo, cultural producción nacional y de derechos fundamentales a ser reglamentados mediante Decreto Supremo. Al efecto, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes establecerá un cronograma.

La norma sancionada en la Cámara de Senadores, fue remitida al Órgano Ejecutivo para efectos de promulgación, y a partir de ello los medios de comunicación como radios y televisión, podrán acogerse de la norma y estar pendientes al cronograma de migración que será emitido por la ATT.

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