Senado ratifica Acuerdo sobre traslado de personas condenadas entre los Estados Partes del MERCOSUR

Prensa Senado | Mar, 12/06/2016 - 19:15 | Seguridad

La Cámara de Senadores sancionó el miércoles el Proyecto de Ley N°320 que ratifica el “Acuerdo sobre Traslado de Personas condenadas entre los Estados Partes del MERCOSUR (Mercado Común del Sur) con el Estado de Bolivia y la República de Chile”, suscrito el 16 de diciembre de 2004 en Brasil, y su “Protocolo sobre Traslado de Personas sujetas a Regímenes Especiales”, firmado en Paraguay el 20 de junio de 2015.

El documento establece que las personas que cumplan una condena, es decir, que tengan sentencia ejecutoriada y definitiva, pueden solicitar el traslado a su país de origen o de residencia legal y permanente, para cumplir su sanción, siempre y cuando cumplan con las ocho condiciones de aplicabilidad.

Las condiciones para la aplicación del acuerdo son:  Que exista condena impuesta por sentencia judicial definitiva y ejecutoriada; que el condenado otorgue su consentimiento expreso al traslado, preferentemente por escrito o por otros medios fehacientes, habiendo sido informado previamente de las consecuencias legales del mismo; que la condena impuesta no sea de pena de muerte o de prisión, entre otras.

El Estado receptor como el sentenciador podrán hacer los trámites para el traslado a pedido del condenado. Los Estados Partes del Acuerdo son Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile y Bolivia.

El documento remarca que parte del compromiso de los Estados Partes del acuerdo, es que deben brindar una amplia cooperación en el traslado de los condenados.

 

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