Copa: Control de constitucionalidad de la Ley de Regulación de Estados de Excepción debe ser posterior a su promulgación

Prensa Senado | Jue, 06/25/2020 - 15:24 | Política

La presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, explicó que el control de constitucionalidad de cualquier ley sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional debe realizarse posterior a su promulgación y no antes, por lo que rechazo la acción presentada por el Órgano Ejecutivo contra la Ley de Regulación de los Estados de Excepción.
“No corresponde (ese recurso) porque la ley no está promulgada y no tendría que ir a un control de constitucionalidad, se tendría que hacer posterior a la promulgación, aún estamos dentro del plazo de los 10 días y lo único que estamos pidiendo es que se cumpla los plazos”, declaró a los periodistas.
El pasado miércoles, el Ejecutivo transitorio presentó una solicitud de control previo de constitucionalidad a la norma que fue sancionada en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), ese recurso, según explicó la primera autoridad del legislativo se la realiza antes del tratamiento de la norma y no después de su sanción sin haberla promulgado.
Copa aclaró que si la Presidenta transitoria tenía alguna observación a la norma tiene un plazo de 10 días para presentar sus observaciones y devolverla a la ALP, el otro camino que tiene es promulgarla, por lo que cuestionó a los asesores del Ejecutivo por el procedimiento erróneo que siguen
De acuerdo al procedimiento de constitucional, se presume que todas las leyes fueron elaboradas acordes a la Constitución Política del Estado y están vigentes, por lo que una acción de inconstitucionalidad se la presenta una vez promulgada la norma.