Aprueban Ley para asignar recursos a gobernaciones, municipios y universidades para luchar contra la pandemia

Prensa Senado | Jue, 04/23/2020 - 00:27 | Política

En una inédita sesión realizada en el hall de la Vicepresidencia del Estado, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó, la madrugada del jueves, el Proyecto de Ley de Recuperación del 12 por ciento del Impuesto Directo a los Hidrocarburos para las Entidades Territoriales Autónomas y Universidades, con la finalidad de fortalecer la lucha contra la pandemia del coronavirus.

“Este proyecto de ley lo que hace es retener el 12% que en este momento está presupuestado para la explotación y exploración de hidrocarburos, hacer que este presupuesto los niveles autonómicos puedan destinar para el tema de salud y también coadyuvar en el tema de abastecimiento en esta cuarentena que está sufriendo la población”, dijo el senador Efraín Chambi, proyectista de la norma.

Agregó que “no se necesita la asignación de nuevos recursos, ya están contemplados, se está autorizando que los gobiernos subnacionales puedan utilizarlos para temas de salud pública y abastecimiento”.  

La norma señala la suspensión temporal del descuento del 12% establecido en la ley 767 de Promoción para la Inversión en exploración y explotación hidrocarburífera para que los beneficiados con esos recursos puedan “enfrentar la pandemia del coronavirus Covid – 19 y desarrollen acciones para garantizar la seguridad alimentaria y el fortalecimiento de las actividades productivas”.

Se establece que la suspensión temporal de ese descuento será desde la promulgación de la ley hasta el levantamiento de la declaratoria de emergencia sanitaria.

El destino de los recursos será: el 50% para actividad de prevención, atención y contención del coronavirus, el equipamiento de hospitales y la compra de pruebas rápidas; el 25% será para la provisión de alimentos a la población y el restante 25% al fortalecimiento de la producción local afectada por la cuarentena.

En el caso de las universidades, los recursos deberán ser utilizados en actividades de prevención, atención y contención del coronavirus, el equipamiento de hospitales universitarios y la compra de pruebas rápidas.

La norma consta de tres artículos y una disposición final; fue remitida a la Cámara de Diputados para su revisión.