Senado ratifica Convenio sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores

Prensa Senado | Jue, 01/14/2016 - 17:38 | Internacional

La tarde de este jueves la Cámara de Senadores, sancionó por unanimidad el Proyecto de Ley que ratifica el “Convenio sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores”, de conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 37 de la Ley Nº 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados.

Al adherirse al Convenio, deberán formularse la siguiente declaración, que el Estado Plurinacional de Bolivia entiende que toda disposición relativa a la edad en el presente Convenio, no se opone a la legislación boliviana que estipula el ejercicio de la Autoridad de la Madre, el Padre o ambos, y la guarda hasta los 18 años de edad.

Se deberán tomar en cuenta también la siguiente reserva, con relación al Artículo 24 del “Convenio sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores”, los documentos extranjeros anexos a las Solicitudes de Restitución que se presenten en idioma inglés o francés, también deben adjuntar una traducción al castellano realizada por un traductor jurado.

Asimismo, con relación al Artículo 26 del “Convenio sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores”, el Estado Plurinacional de Bolivia, no se obliga a asumir gasto alguno que se derive de la participación de un abogado o asesores jurídicos o del proceso judicial, excepto en la medida que dichos gastos puedan sufragarse por un sistema de asistencia judicial y asesoramiento jurídico.

La norma sancionada por la Cámara de Senadores, fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.

///AME///