Cámara Alta exhorta al titular de Diputados remitir normas antiprórroga al presidente de la Asamblea y conmina a este último a convocar a Sesión

Prensa Senado | Lun, 03/25/2024 - 15:54 | Social

A propuesta del senador Hilarión Mamani, la Cámara Alta aprobó una Declaración Camaral, a través de la cual expresa la posición oficial del Senado, exhortando al presidente de la Cámara de Diputados, Israel Huaytari, remitir los proyectos de ley 073, “Suspensión de Plazos Procesales y Continuidad Jurisdiccional del Órgano Judicial y TCP”, y 075, “Ley para restablecer la plena vigencia de los artículos 183, 188 III, 194 III y 200 de la CPE”, al presidente de la ALP, David Choquehuanca, toda vez que habiendo  transcurrido más de 30 días sin que la Cámara revisora (de Diputados) se pronuncie en pleno; por tanto corresponde dar cumplimiento al numeral 7 del Artículo 163 de la CPE.

Por intermedio de dicho instrumento camaral, asimismo, se conmina al Presidente del Legislativo, que de manera apremiante convoque a Sesión Ordinaria de Asamblea, a objeto de que los parlamentarios (senadores y diputados) traten las normas antiprórroga 073 y 075, correspondientemente.

Cabe recordar que tras ser aprobados los PL 073 y 075 por el Pleno de la Cámara de Senadores, en fecha 18 de diciembre de 2023, la presidenta en ejercicio, Simona Quispe, remitió las citadas normas a la Cámara de Diputados, para que cumplan con el procedimiento legislativo como Cámara revisora. 

La Presidencia de la Cámara de Diputados remitió los dos PL a la Comisión de Constitución para que la misma realice los informes correspondientes...

El Artículo 32 del Reglamento General de la Cámara de Diputados establece que la Asamblea o Pleno se constituye en el nivel superior de decisión, conformado por la totalidad de las Diputadas y Diputados en ejercicio.

El numeral 7 del Artículo 163 de la CPE establece que: “en caso de que pasen treinta días sin que la Cámara revisora se pronuncie sobre el proyecto de ley, el proyecto será considerado en el Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional”.

Por lo que, al haber transcurrido más de 30 días sin que la Cámara revisora se haya pronunciado, corresponde su tratamiento por el Pleno de la ALP.