Senado sanciona la Ley para la creación de la Dirección de Apoyo a la Prevención del Consumo de Drogas (Diprevcon)

Prensa Senado | Mié, 12/23/2020 - 00:33 | Seguridad

Por dispensación de trámite, el pleno del Senado sancionó, la noche del martes, la Ley de Modificaciones a la Ley 913 de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas para dar paso a la creación de la Dirección de Apoyo a la Prevención del Consumo de Drogas, Control del Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas y Coca Excedentaria (Diprevcon).

Minutos antes de la medianoche, el ministro de Gobierno, Carlos del Castillo, explicó que la intención de las modificaciones es “para ordenar la casa” de esa cartera de Estado e ingresar en un plan de austeridad que permitirá el ahorro de 12 millones de bolivianos en cuatro años, solamente reduciendo el personal, el pago de alquileres y el pago de servicios básicos.

La norma de dos artículos, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales modifica cuatro artículos de la Ley 913 de 2017, específicamente en la conformación del Consejo de Política Integral para la Eliminación del Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, Coca Excedentaria y Prevención del Consumo de Drogas, a partir de la promulgación de esta ley estará conformada por los Ministerios de Gobierno, Presidencia, Relaciones Exteriores, Defensa, Salud y Deportes, Desarrollo Rural y Tierras, además de Educación.

Antes de ingresar en receso, los legisladores sancionaron la norma para que la misma, como sostuvo el ministro Del Castillo, pueda ingresar en vigencia antes del 4 de enero y se pueda arrancar el 2021 con una nueva política para la lucha contra el narcotráfico y sustancias controladas.

En las disposiciones finales se establece que la nueva Dirección de Apoyo a la Prevención del Consumo de Drogas, Control del Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas y Coca Excedentaria (Diprevcon) será conformada por la fusión de la Unidad Ejecutora de Lucha Integral contra el Narcotráfico (Uelicn) y la Secretaria de Coordinación del Conaltid.

La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación y en un plazo de 30 días deberá ser reglamentada para que ingrese en vigencia.