Senado remite a Diputados la Ley de Prevención y Control al Consumo de los Productos de Tabaco

Prensa Senado | Mar, 09/24/2019 - 19:36 | Social

La Cámara de Senadores aprobó este martes la Ley de Prevención y Control al Consumo de los Productos de Tabaco, norma que tiene la finalidad de precautelar el derecho a la salud de las generaciones presentes y futuras de los bolivianos, protegiéndolas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas causadas por el consumo de productos de tabaco y la exposición al humo de tabaco.

La norma establece que se prohíbe fumar o mantener un producto del tabaco encendido en lugares públicos cerrados, lugares de trabajo interiores tales como: Establecimientos de Salud, dependencias de instituciones públicas, empresas privadas destinadas a cualquier tipo de actividad industrial, comercial y de servicios, incluidas sus áreas de atención al público y salas de espera, centros comerciales, terminales aéreas, terrestres, acuáticas y estaciones de transporte masivo, medios de transporte público, bibliotecas, salas de lectura, museos y salas de internet, entre otros. El uso del tabaco en manifestaciones ancestrales, no está sujeto al contenido de esta Ley.

Sobre el empaquetado y etiquetado de productos de tabaco, deberán incluir imágenes, fotografías, ilustraciones gráficas y frases de advertencias que alerten a la población acerca de los riesgos de consumir productos del tabaco y deberán cubrir un espacio de al menos el 60% de las caras principales, se ubicarán en la parte superior de cada cara.

Se prohíbe la distribución y venta de cigarrillos sueltos, por unidad o al raleo; la comercialización y venta de productos del tabaco, a menores de die 18 años de edad; la distribución y venta directa o indirecta de productos del tabaco a menos de 100 metros de distancia de Establecimientos de salud y de establecimientos del Sistema Educativo, sean públicos o privados; exhibir productos de tabaco en sitios que permitan al usuario o consumidor tomarlos directamente o que estén al alcance de los niños, etc.

La norma prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, por cualquier medio de difusión y en puntos de venta callejera, de productos de tabaco en forma directa o indirecta.

“La normativa ha sido ya trabajada durante muchos meses, no solamente con la Organización Panamericana de la Salud, también con asociaciones que buscan reducir el consumo del tabaco, pero también hemos tomado en cuenta al sector productivo, fundamentalmente productores y comercializadores de tabaco, puesto que no es el interés de la normativa generar la asfixia de una industria, sino que será una reducción progresiva eso es lo que esperamos”, manifestó la presidenta de la Cámara de Senadores Adriana Salvatierra.

Aprobada la norma con modificaciones, fue remitida a la Cámara de Diputados para su tratamiento.

RA