Senado aprueba Ley que encomienda hacer el acopio de las liquidaciones por venta de minerales efectuadas

Prensa Senado | Vie, 10/06/2017 - 18:28 | Política
Senado aprueba Ley que encomienda hacer el acopio de las liquidaciones por venta de minerales efectuadas

El pleno de la Cámara de Senadores Diputados, aprobó con modificaciones el miércoles, el Proyecto de Ley que encomienda al Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR – COMIBOL, Fondo de Pensiones Básicas y Cámara Nacional de Minería, hacer el acopio de las liquidaciones por venta de minerales efectuadas al Banco Minero de Bolivia en liquidación durante los años 1960 a 1992.

La norma que fue devuelta a la Cámara de Diputados con modificaciones tiene por objeto reconocer el derecho a la devolución  de los aportes destinados al ex Consejo Nacional de Vivienda Minera (COVIMIN), comprendidos entre las gestiones de 1970 a 1987, sobre la liquidación bruta de mineral efectuados en porcentaje al tres por mil (3 X 1000), a favor de los trabajadores del sector de la Minería Chica y Locatarios, de manera extraordinaria y por única vez.

Encomienda al Ministerio de Obras Publicas Servicios y Vivienda, a través de la Unidad Ejecutora de Titulación a realizar de manera coordinada con el Ministerio de Minería y Metalurgia, Servicio Nacional de Sistema de Reparto SENASIR, Corporación Minera de Bolivia COMIBOL, Cámara Nacional de Minería y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI, el proceso de validación de la documentación acorde a sus competencias, para el registro y habilitación de la devolución dispuesta por la presente propuesta normativa.

Instruye también al Ministerio de Economía y Finanzas Publicas a transferir al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda los recursos conciliados por un monto total de Bs. 10.999.503,86 (Diez Millones Novecientos Noventa  y Nueve Mil Quinientos Tres 86/100 Bolivianos), de los Programas de Vivienda, depositados en Cuentas del Tesoro General de la Nación (TGN), correspondiente a las gestiones 1998 y 1999, así como los saldos de los remanentes depositados por la devolución del 3X1000.

Asimismo, autoriza al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda gestionar a través del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas la inscripción de presupuesto adicional para gastos operativos, de funcionamiento y comisiones bancarias de la devolución de aportes, con cargo a recursos de saldos de las libretas de la Unidad Ejecutora de Titulación, que definirá el mismo MEFP de acuerdo a necesidad.