Acuerdan nueva redacción del artículo 200 del Código de Sistema Penal que excluye a periodistas

Prensa Senado | Mar, 10/10/2017 - 17:36 | Política
Acuerdan nueva redacción del artículo 200 del Código de Sistema Penal que excluye a periodistas

Los representantes de la prensa boliviana y los presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados, José Alberto Gonzales y Gabriela Montaño, respectivamente, sostuvieron el martes una reunión en la cual acordaron la inclusión de un parágrafo en redacción del artículo 200 del proyecto de Código del Sistema Penal, referido a la Mala Práctica Profesional, que excluye a la prensa.

“Ha sido una reunión muy fructífera porque hemos logrado una redacción del artículo 200 que excluye definitivamente a los periodistas y a los trabajadores de la prensa de cualquier riesgo de ser procesados a través de la vía penal. Se ha incluido un párrafo en la redacción que clarifica absolutamente que los trabajadores de la prensa no entramos en el ámbito de tipificación de ese artículo”, explicó el presidente de la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), Pedro Glasinovic.

Por su parte, el presidente de la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP), Marcelo Miralles, señaló que se redactó un nuevo artículo, que es el 192 sobre los Delitos Contra la Libertad de Expresión y de Prensa, donde se garantiza la protección de ambos.

“La Constitución Política del Estado prevé estas dos protecciones, la libertad de expresión y la libertad de prensa, y el libre acceso a la comunicación, ambas consideraciones que hace la Constitución ahora están incluidas en el proyecto del Código de Sistema Penal”, indicó.

En la misma línea, el secretario ejecutivo de la Confederación de la Prensa de Bolivia (CSTPB), Héctor Aguilar, sostuvo que en la reunión se encontró una madurez política para llegar a dicho acuerdo.

“Hemos ratificado la plena vigencia de nuestra Ley de Imprenta, que es un elemento fundamental de protección que desarrollamos todos los días”; aseveró.

En la reunión se suscribió un acuerdo que contempla la nueva redacción del artículo 200 de dicha propuesta, que señala en su segundo parágrafo que “no constituirá infracción penal cuando el ejercicio de la profesión no implique una posición de garante respecto de la salud o la integridad física”.

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