Número de Minuta:
390
Fecha de Ingreso:
Viernes, Julio 7, 2023
Fecha de Aprobación:
Miércoles, Junio 7, 2023
Asunto:
RECOMIÉNDESE al Gobierno Autónomo Municipal de Tarabuco; de cumplimiento a
lo determinado en el Título III de la Ley N° 530, con referencia al Régimen de Gestión
Descentralizada del Patrimonio Cultural Boliviano y las competencias determinadas en
el artículo 86 parágrafo II de la Ley N° 031 de Ley Marco de Autonomías y
Descentralización "Andrés Ibáñez" y coordine acciones con el Gobierno Autónomo
Departamental de Chuquisaca y el Ministerio de Culturas, Descolonización y
Despatriarcalización, para el correcto cumplimiento de las Leyes N° 249 de 15 de
junio de 2012 ( Que reconoce y declara el Pujllay y Ayarachi, patrimonio histórico
cultural y ancestral) y N° 888 de 13 de enero de 2017 (Declara Patrimonio Cultural
Material a la Iglesia de San Pedro de Tarabuco de la Provincia Yamparáez del
departamento de Chuquisaca). Así mismo de cumplimiento al artículo 54.3 de la Ley N°
530 sobre la prohibición de realizar construcciones nuevas cerca de los monumentos o
inmuebles (...) que hayan sido declarados Patrimonio Cultural Boliviano y se prohíban
las construcciones nuevas cerca la Iglesia de San Pedro de Tarabuco y del centro
histórico del pueblo de Tarabuco.
Proyectista:
Destino:
Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tarabuco-Chuquisaca
Fecha:
Martes, Julio 4, 2023
Minuta PDF:
gestion_minutas:
2023