Tipo:
Escrito
Fecha de Ingreso:
Jueves, Febrero 18, 2021
Peticionario:
Resumen:
¿La agresión a personas del colectivo LGBT puede ser procesada por la Ley Nº 348?, considerando que su Artículo 5, señala: "IV: Las disposiciones de la presente Ley serán aplicables a toda persona que, por su situación de vulnerabilidad, sufra cualquiera de las formas de violencia que esta Ley sanciona, independientemente de su género."
Destinatario:
MINISTRO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL
Tipo Destinatario:
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario:
Viernes, Febrero 19, 2021
Respuesta:
Miércoles, Julio 28, 2021
Remisión al Peticionario:
Lunes, Agosto 2, 2021
Conminatoria:
P. N° 250/2020-2021 30/03/2021
Petición PDF:
Gestion-fiscalizacion: