La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley General de Transporte N° 165, aclarar los términos de dudosa y/o variada interpretación, reconocer derechos de los operadores del servicio público de autotransporte, adecuar el contenido de la misma a los convenios internacionales ratificados por el Estado boliviano y modificar en parte las disposiciones normativas que introducen en un mismo nivel de responsabilidad a los sujetos activos del delito con los prestadores de servicio.