P.I.E. N° 396/2021-2022

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Viernes, Marzo 18, 2022
Peticionario: 
Resumen: 
1. Específicamente, qué control o medida de control se está ejerciendo respecto del uso de mercurio en la explotación del oro, y brazo operativo del Gobierno Central del Estado, qué medidas de protección se están implementado respecto a la contaminación del mercurio, para precautelar que las áreas mineras, sobre todo auríferas, y los que explotan ilegalmente el oro, no atenten contra los Derechos de las Naciones y Pueblos Indígenas Originario campesinos de tierras bajas establecidos en la Constitución Política del Estado Art. 30, parágrafo II. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con la Constitución las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan de los siguientes derechos; numeral 10. A vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovechamiento adecuado de los ecosistemas, y numeral 15. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles, como ser las concesiones mineras. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan. ---
Destinatario: 
Ministro de Minería y Metalurgia
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Lunes, Marzo 21, 2022
Respuesta: 
Lunes, Mayo 23, 2022
Remisión al Peticionario: 
Miércoles, Mayo 25, 2022
Conminatoria: 
P. N° 256/2021-2022 10/05/2022
Gestion-fiscalizacion: