PIE 678/2018-2019

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Jueves, Junio 14, 2018
Resumen: 
En el marco de los principios constitucionales de transparencia, legalidad y publicidad de los actos públicos establecidos en el artículo 232 del texto constitucional, así como el artículo 21, numeral 6 de la referida Constitución y en virtud al artículo 2 del Decreto Supremo N° 27329, que establece que: "Para procurar la Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental: a) Se reconoce y se busca lograr el respeto al acceso a la información a todas las personas, con el propósito de buscar, recibir, acceder y difundir información pública, como un derecho y un requisito indispensable para el funcionamiento y fortalecimiento de la democracia. b) El acceso a la información debe ser asegurado a todas las personas sin distinción, porque provee el insumo básico para el ejercicio de su propia ciudadanía"; remita bajo responsabilidad, las hojas de vida (currículum) acompañado de la documentación que acredite la misma de: a) Los directores generales de estudios y proyectos (gestiones 2016-2017 y 2018), b) los directores generales de redes sociales (gestiones 2016-2017 y 2018), c) Los jefes de unidad de las direcciones referidas (gestiones 2016-2017 y 2018), d) Los funcionarios de la Dirección General de Estudios y Proyectos (gestiones 2016-2017-2018) y e) Los funcionarios de la Dirección de Redes Sociales (gestiones 2016-2017-2018).
Destinatario: 
Ministra de Comunicación
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Jueves, Junio 14, 2018
Gestion-fiscalizacion: