768/2017-2018

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Lunes, Septiembre 25, 2017
Resumen: 
1. Informe, cuál es la autoridad que tiene atribuciones o competencias para supervisar o fiscalizar el trabajo que realizan los notarios de fe pública, mismos que cumplen el cargo por delegación del Estado y son responsables de los registros notariales que son de propiedad del Estado.--- 2. Informe si los actos de los notarios y notarias de fe pública, pueden ser fiscalizados en cualquier momento, indique bajo qué procedimiento o normativa pueden ser esclarecidas las denuncias efectuadas por personas cuyo derecho se vea afectado.--- 3. Explique, por qué motivo a dos años y ocho meses en que fue promulgada la Ley N° 483 del Notariado Plurinacional, no se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9, Direcciones departamentales, encontrándose pendiente hasta la fecha la designación de la Autoridad Departamental en la capital del Departamento de Pando.---
Destinatario: 
Ministro de Justicia y Transparencia Institucional
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Lunes, Septiembre 25, 2017
Respuesta: 
Viernes, Noviembre 10, 2017
Remisión al Peticionario: 
Viernes, Noviembre 10, 2017
Conminatoria: 
P.Nº757/2017-2018 01/11/2017
Gestion-fiscalizacion: