254/2017-2018

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Jueves, Abril 27, 2017
Resumen: 
1. Informe, qué análisis mereció la Petición de Informe Escrito N° 1536/2016-17, cuyas respuestas son evasivas e insatisfactorias al fundamentar que en el artículo 16 de la Ley N° 482 no establece como atribución específica la aprobación del Plan Operativo Anual, desconociendo que en la referida Ley en su artículo 16 numeral 5 señala que el Concejo tiene la atribución de elaborar aprobar y ejecutar su Programa Operativo Anual, presupuestos y sus reformulados, motivo por el que debe hacer conocer los nombres de los concejales que aprobaron y dieron su conformidad a las respuestas del PIE 1536/2016-17.--- 2. Informe, qué acciones efectuaron ante las denuncias efectuadas por las organizaciones de la Comunidad de Montevideo y la Comunidad de Santa Lucía, en sentido de que el Gobierno Autónomo Municipal de Bella Flor, no está dando cumplimiento a la ejecución de obras, no cuentan con médicos, equipamiento, medicamentos y denuncian una serie de irregularidades presentadas mediante una nota manuscrita el 7 de diciembre de 2015 a la Contraloría General del Estado, Gerencia Departamental de Pando, manifieste si los concejales verificaron antes de avalar sobre las obras descritas en el cuadro de la pregunta dos, e indique si fueron ejecutadas dentro de los términos del proyecto y sus contratos.---
Destinatario: 
PRESIDENTA CONCEJO MUNICIPAL DE BELLA FLOR
Tipo Destinatario: 
Otro
Remisión al Destinatario: 
Jueves, Abril 27, 2017
Respuesta: 
Viernes, Junio 23, 2017
Remisión al Peticionario: 
Viernes, Junio 23, 2017
Conminatoria: 
P.N.415/2017-2018 02/06/2017-2018
Gestion-fiscalizacion: