1833/2016-2017

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Martes, Enero 17, 2017
Resumen: 
1. Remita fotocopias legalizadas, de los contratos suscritos por las empresas COMSUR S.A., Sinchi Waira S.A. y la Empresa Illapa S.A. con COMIBOL y/o el Estado Plurinacional de Bolivia.--- 2. Informe de manera detallada, el monto de regalías e impuestos pagados por las empresas COMSUR S.A. y Sinchi Wayra S.A. al Estado Plurinacional, y la Región de Oruro en relación con la producción de minerales, discriminando por mineral, área minera y yacimiento desde el momento que cada empresa inició actividades mineras en las concesiones, hoy ATE's o áreas mineras, en el marco de los contratos suscritos con COMIBOL, a este efecto y como respaldo documental requerimos lo siguiente: a) Lista de todas las concesiones mineras, ATE's o áreas mineras operadas por 3 empresas mencionadas anteriormente como parte de uno o más contratos suscritos con COMIBOL, b) Planos de todas las vetas explotadas por cualquiera de las 3 empresas en el marco de los contratos suscritos con COMIBOL, así como de las vetas en reserva, c) Plano geológico y topográfico de la superficie donde se hallan las áreas mineras o ATE's donde hayan realizado o realizan actividades mineras en el marco de cualesquier contrato que hubiesen suscrito con COMIBOL, d) Igualmente, planos geológicos de cada nivel más profundo o en su caso de los niveles de mayor profundidad, e) Planos de muestreo de cada nivel hasta el nivel más profundo o de los niveles superiores, del medio y del más profundo, f) Todos los planos "Long Section" de todos los niveles existentes que tengan cualquiera de las 3 empresas y/o COMIBOL, g) Informes geológicos anuales desde el año 2000 hasta la fecha y h) Todos los planos topográficos existentes de los diferentes niveles, del nivel superior, del medio y más profundo.---
Destinatario: 
Ministro de Minería y Metalurgia
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Martes, Enero 17, 2017
Respuesta: 
Lunes, Marzo 27, 2017
Remisión al Peticionario: 
Lunes, Marzo 27, 2017
Conminatoria: 
P.Nº020/2017-2018-15/02/2017
Gestion-fiscalizacion: