Tipo:
Escrito
Fecha de Ingreso:
Lunes, Diciembre 19, 2016
Resumen:
Informe ampliatorio a la Petición de Informe Escrito N° 1380/2016-2017, sobre lo
siguiente: En el marco de la Resolución Sumarial EGTG-SD N° 05/2016 de fecha
30 de septiembre del año 2016 emitido por el Sumariante Disciplinario de la
Dirección del Notariado Plurinacional, Eloy Guillermo Tinta Guachalla, por el cual
menciona textualmente en uno de sus considerandos que: "La norma refiere que el
Notario de Fe Pública es el profesional de derecho, vale decir abogado que ejerce
la función Notarial por delegación del Estado y la ejerce de forma privada,
interpretando que el Notario de Fe Pública no es funcionario público, ya que su
remuneración no proviene del Tesoro General de la Nación, lo que implica que su
función es supervisada, controlada y regulada por la Dirección del Notariado
Plurinacional, en base a la normativa legal vigente de la Ley 483, ejerciendo una
labor de custodia de documentos, obligado por Ley a mantener la neutralidad e
imparcialidad es sus actos, por lo que no pueden acceder a peticiones foráneas
sino es bajo orden judicial o requerimiento fiscal o como en este caso bajo una
Petición de Informe Escrito (Pie) a la MAE, que en este caso resulta ser la Ministra
de Justicia", y siendo que la Ley del Notariado Plurinacional N° 483 ha incorporado
en su artículo 19, inciso e), una tercera clasificación de legitimación para acceder a
copias o emitir certificaciones o testimonios de documentos originales, que cursen
en el protocolo o archivo de la notaría, el cual alcanza a personas con interés
legítimo, y aún más cuando esta Fundación ABYA YALA BOLIVIA tiene varios
contratos con el Estado, motivo por el cual es obligación de los legisladores la
fiscalización de los recursos del Estado en el marco del artículo 151 y 158 del texto
constitucional. Remita la Directora interina de la Dirección del Notariado
Plurinacional, mediante el Ministerio de Justicia, una copia duplicada del
Instrumento Público N° 1427 de fecha 4 de noviembre del año 2013, referido a la
constitución de la fundación denominada, Fundación ABYA YALA BOLIVIA, por
ante Notario de Fe Pública N° 024 de la ciudad de El Alto, bajo responsabilidad.---
Destinatario:
Ministra de Justicia
Tipo Destinatario:
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario:
Lunes, Diciembre 19, 2016
Respuesta:
Lunes, Febrero 6, 2017
Remisión al Peticionario:
Lunes, Febrero 6, 2017
Conminatoria:
P.Nº1475/2016-2017-18/01/2017
Petición PDF:
Gestion-fiscalizacion: