098/2017-2018

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Lunes, Marzo 13, 2017
Resumen: 
1. De acuerdo a la Auditoría GX/EP49/D15 R1 refiere que se desarrolló observaciones únicamente a la parte correspondiente a la ejecución y resultados del Contrato de Excepción N° 064/13 de 6 de septiembre de 2013 y el Contrato ANPE N° 03/14 de 16 de enero de 2014 y sus contratos modificatorios, informe, cuál es el elemento técnico esencial y fundamental para determinar que no se cumplió con el objeto del contrato, es decir en qué etapa constructiva surge la anomalía técnica constructiva que derivó en el colapso del paso a desnivel de la Av. 6 de Agosto - Independencia D-5.--- 2. De acuerdo al Informe emitido por la Contraloría General del Estado señala: La empresa contratista al haber ejecutado la obra sin ninguna observación es responsable por los daños materiales causados en la construcción del paso a desnivel en la Avenida 6 de agosto - Independencia D.5, por las omisiones o desperfectos que afectaron la estructura de la obra, provocando la inoperatividad del puente señalado, informe en base a qué elementos de convicción establecen que existieron omisiones en la ejecución de la obra, es decir qué condiciones técnicas no se cumplieron que derivaron en la inoperatividad del paso a desnivel y qué instancias habrían omitido efectuar estas observaciones al haberse incumplido estas condiciones técnicas.---
Destinatario: 
CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Tipo Destinatario: 
Otro
Remisión al Destinatario: 
Lunes, Marzo 13, 2017
Respuesta: 
Martes, Mayo 2, 2017
Remisión al Peticionario: 
Martes, Mayo 2, 2017
Conminatoria: 
P.N.257/2017-2018 18/04/2017-2018
Gestion-fiscalizacion: