048/2017-2018

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Jueves, Marzo 2, 2017
Resumen: 
Informe el motivo por el que no se ha considerado de manera expresa a los Beneméritos de Ñancahuasu/67, en la redacción del Decreto Supremo N° 2268 de 18 de febrero de 2015, que reglamenta la Ley N° 574, que exenciona a los beneméritos de la patria el 100% del pago de servicios básicos (energía eléctrica, gas domiciliario y agua potable). Considerando que ante solicitud de los beneméritos, en fecha 3 de octubre de 2014, mediante nota con Cite: MOPSV/DESP.1259/2014, dirigida al Presidente de la Confederación Nacional de Beneméritos de Ñancahuazu; el entonces Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda expresó: "comunico a usted que se tomarán en cuenta los mismos al momento de llevarse adelante el tratamiento de la Reglamentación a la referida Ley por el Órgano Ejecutivo", hecho que no ha sucedido.---
Destinatario: 
Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Jueves, Marzo 2, 2017
Respuesta: 
Martes, Mayo 2, 2017
Remisión al Peticionario: 
Martes, Mayo 2, 2017
Conminatoria: 
P.N.247/2017-2018 03/04/2017-2018
Gestion-fiscalizacion: