Senado aprueba modificaciones a la Ley 247 de Regulación de Derecho Propietario

Prensa Senado | Jue, 04/21/2016 - 18:07 | Política
Senado aprueba modificaciones a la Ley 247 de Regulación de Derecho Propietario

El pleno de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, aprobó el jueves el proyecto de Ley 019 de Modificación de la “Ley 247 de Regularización del Derecho Propietario sobre Bienes Inmuebles Urbanos destinados a Vivienda”, cuyo alcance llega a los artículos 2, en sus incisos B, F y H, a los artículo 6, 9 y 11, y al inciso B del artículo 15.

“Una ley aprobada en la sesión de esta mañana de la Cámara de Senadores, referida a la modificación de la ley 247, que es una ley que ha sido promulgada el 2012 con la finalidad de regularizar el derecho propietario urbano destinado a vivienda en municipios urbanos, la misma tenía dificultades en la interpretación con los operadores de justicia, pero tambien con los procesos de ampliación de los nuevos radios urbanos”, argumentó el proyectista, Efraín Chambi.

Agregó que la norma de modificación fue generada porque muchos plazos establecidos en la Ley 247 estaban vencidos por los problemas que tuvo en su aplicación, por lo que ahora con esta nueva norma se amplia el plazo de tres años, para que los municipios homologados con resolución suprema puedan legitimar activamente sus radios urbanos.

“En los municipios que están en curso tramitandose los proyectos de radio o área urbana para ser homologados, las mismas van a tener tres años de plazo, pero a partir de la firma de la resolución ministerial del Ministerio de Autonomías”, añadió el Legislador.

La norma aprobada en el Senado también otorga el plazo de un año a los gobiernos autónomos municipales que no iniciaron el trámite de delimitación de sus radios urbanos hasta el 5 de junio del año 2013, que era la fecha límite para  el cumplimiento de la Ley 247.

“Los Gobiernos Autónomos Municipales que no iniciaron el trámite de delimitación de sus radios o áreas urbanas hasta el 5 de junio del 2013, se les otorga el plazo excepcional de un (1) año, a partir de la vigencia de la presente ley, para iniciar el trámite de homologación ante el Ministerio de Autonomías”, reseña la primera disposición final del documento aprobado.

///RTS///