Comisión de Planificación recomienda a la ALP modificar dos requisitos de la Convocatoria a Contralor

Prensa Senado | Jue, 04/28/2016 - 14:48 | Política
Comisión de Planificación recomienda a la ALP modificar dos requisitos de la Convocatoria a Contralor

La Comisión Mixta de Planificación de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), aprobó este jueves por unanimidad, una Resolución que recomienda al pleno de la Asamblea, modificar los requisitos 16 y 17 de la Convocatoria, el Artículo 5 del Reglamento y en consecuencia ajustar los plazos de la Convocatoria a Contralor General del Estado.

La determinación fue asumida a raíz de que el 27 de abril esa instancia legislativa, recibió del vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral, Antonio Costas una carta en la que hace conocer que las certificaciones exigidas en los requisitos 16 y 17 del Artículo 5 del Reglamento para la Selección y Designación de la Contralora o Contralor General del Estado, serían extendidas con textos aclaratorios y que en el requisito 17 el Órgano Electoral estaría en condiciones de certificar respecto a los últimos 17 años solamente, y no así de los últimos 20 años que exige la Convocatoria.

No podrá postularse quien haya sido dirigente de organizaciones políticas, o candidata o candidato a cargos electivos en los últimos cinco (5) años.

Recordar que la Convocatoria aprobada por la ALP, en el requisito 16 del punto 2, establece que el postulante debe certificar si se encuentra registrado o no como Dirigente de alguna organización política con Personalidad Jurídica Vigente de carácter nacional, y si se encuentra registrado como candidato a cargos electivos en los últimos cinco años.

Al respecto, la misiva enviada por el TSE, señala: “La información sobre Dirigencia en organizaciones políticas se emite con base en la revisión de los documentos de organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente y de carácter nacional. La información no incluye a organizaciones políticas con personalidad jurídica cancelada u organizaciones políticas que tengan registro en el ámbito departamental, regional o municipal”.

Sobre el requisito 17, la misma requiere que cada postulante presente un certificado emitido a partir de la revisión del Padrón Nacional de Militantes y Simpatizantes (PANAMI), que certifique la no militancia en alguna organización política con 20 años de antigüedad.

“La presente certificación se emite con base en la revisión del Padrón Nacional de militantes (PANAMI) que fue conformado a partir del 25 de junio de 1999, fecha de promulgación de la Ley N° 1986 de Partidos Políticos. Por consiguiente, este certificado comprende los 17 años de vigencia de citado Padrón”, señala el documento enviado por el TSE a la Comisión.

Ante esta situación los miembros de la Comisión Mixta de Planificación, aprobaron por unanimidad la Resolución 001/2016-2017, que establece:

Primero. Recomendar que la Asamblea Legislativa Plurinacional modifique los Requisitos 16 y 17 de la Convocatoria y del Artículo 5 del Reglamento y en consecuencia ajuste los plazos de la Convocatoria para el proceso de selección y designación de la Contralora o Contralor General del Estado.

Segundo. Los postulantes que a la fecha de la emisión de la presente Resolución hayan presentado sus postulaciones a la Comisión Mixta, podrán complementar los documentos que consideren necesarios en función a la nueva Convocatoria. 

“Hemos recibido de manera oficial una nota del Órgano Electoral, en el que nos señala de que ellos no van a poder certificar la militancia de un ciudadano o ciudadana de los últimos 20 años, la certificación va tener un contenido de 17 años. Interpretando y evaluando la parte legal de la Convocatoria. Los que se han presentado hasta el momento estarían quedando inhabilitados porque no cumplen el requisito número 17. Nosotros como Comisión Mixta hemos emitido una Resolución a la Asamblea para que considere hacer modificaciones si es necesario. Mientras tanto nosotros vamos a seguir cumpliendo con la recepción de los postulantes hasta que no sea modificado el Reglamento, eso es lo que se ha acordado por unanimidad”, informó el presidente de la Comisión Mixta de Planificación, René Joaquino.

Con respecto a las personas que ya dejaron su postulación, Joaquino aclaró que se respetarán los mismos y se dará la posibilidad de complementar o corregir su información, si ellos así lo requieren. “Sobre los plazos, mientras no se modifique el Reglamento sigue siendo el 28 de abril hasta las 18:00, excepto si el Presidente Nato de la Asamblea nos comunique lo contrario, producto de nuestra Resolución”, argumentó.

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