PIE 1052/2018-2019

Tipo: 
Escrito
Fecha de Ingreso: 
Viernes, Diciembre 7, 2018
Resumen: 
Explique, por qué razón no pone en vigencia los artículos 95 y 115 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de Bolivia y demás normas conexas que son de su conocimiento, como ser la SCP N°1437/2014 de 7 de julio de 2014, mismo que cursa en su Despacho y que resuelve una Acción de Amparo Constitucional, sentencia en la cual, expulsa del Ordenamiento Jurídico Militar, la palabra "continuo", quedando en plena vigencia los artículos citados precedentemente, para la otorgación de la fracción complementaria en la jubilación del personal de las FF.AA., con 35 años de servicio discontinuo.
Destinatario: 
Ministro de Defensa
Tipo Destinatario: 
Órgano Ejecutivo
Remisión al Destinatario: 
Viernes, Diciembre 7, 2018
Respuesta: 
Jueves, Julio 18, 2019
Remisión al Peticionario: 
Viernes, Julio 19, 2019
Gestion-fiscalizacion: